Home

Algunas empresas que nos han elegido

Privacy Officer y Privacy Consultant
Esquema CDP según ISO/IEC 17024:2012
European Privacy Auditor
Esquema de certificación ISDP©10003 según ISO/IEC 17065:2012
Auditor
Según la norma UNI 11697:2017
Lead Auditor ISO/IEC 27001:2022
Según la norma ISO/IEC 17024:2012
Delegado de Protección de Datos
Según la norma ISO/IEC 17024:2012
Anti-Bribery Lead Auditor Expert
Según la norma ISO/IEC 17024:2012
ICT Security Manager
Según la norma UNI 11506:2017
IT Service Management (ITSM)
Según la Fundación ITIL
Ethical Hacker (CEH)
Según EC-Council
Network Defender (CND)
Según EC-Council
Computer Hacking Forensics Investigator (CHFI)
Según EC-Council
Penetration Testing Professional (CPENT)
Según EC-Council

Cualificaciones profesionales

¡Manténgase al día de la actualidad mundial!

Seleccionar los temas que le interesan:

News

Inicio / News
/
COMITÉ EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS: CEPD adopta una decisión sobre el proyecto de decisión sobre la adecuación de la Corea del Sur

COMITÉ EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS: CEPD adopta una decisión sobre el proyecto de decisión sobre la adecuación de la Corea del Sur

El CEPD ha adoptado su dictamen sobre el proyecto de decisión de adecuación de la Comisión Europea para la Republica de Corea. El CEPD se ha centrado sobre los aspectos generales del GDPR y sobre el acceso por parte de las Autoridades Publicas a los datos personales transferidos desde el Espacio Económico Europeo (EEE) a la Republica de Corea a fin de la aplicación de la ley y de seguridad nacional, incluidos los remedios jurídicos a disposición de los individuos en el Espacio Económico Europeo (EEE). El CEPD ha también evaluado si las protecciones previstas desde el marco jurídico coreano son eficaces.

Esta decisión de adecuación es de fundamental importancia, en cuanto cubrirá las trasferencias tanto en el sector público que en el privado. Un alto nivel de protección de datos es esencial para apoyar los vínculos de larga duración con la Corea del Sur y para proteger los derechos y las libertades de los individuos. Mientras se subraya que los aspectos fundamentales del marco coreano de protección de datos son esencialmente equivalentes a los de la Unión Europea, se pide a la Comisión de aclarar algunos aspectos y de controlar atentamente la situación.

Dictamen 32/2021 sobre el Proyecto de Decisión de Ejecución de la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 sobre la protección adecuada de los datos personales en la República de Corea:

edpb_opinion322021_republicofkoreaadequacy_en

 

Para lo que se refiere al marco general de protección de datos, el CEPD nota que hay áreas clave de alineación entre los marcos de protección de datos de la Unión Europea y de la Corea del Sur para lo que se refiere a algunas disposiciones fundamentales, como:

  • Conceptos de protección de datos (por ejemplo, informaciones personales; tratamiento; persona interesada);
  • Razones por un tratamiento legitimo para fines legítimos
  • Limitación de las finalidades;
  • Conservación de datos, seguridad y confidencialidad; y
  • Transparencia

El CEPD acoge con placer los retos cumplidos desde la Comisión Europea y desde las autoridades Coreanas para garantizar que la Republica de Corea proporcione un nivel de protección de datos esencialmente equivalente a lo del GDPR.

Como, por ejemplo, la adopción de notificaciones por parte de la Autoridad de Protección de Datos de Corea del Sur (PIPC), que intentan de llenar las carencias entre el GDPR y el marco coreano de protección de datos, como las protecciones adicionales proporcionadas desde la notificación n. 2021-1.

El CEPD invita la Comisión Europea a proporcionar adicionales informaciones sobre la naturaleza vinculante, la aplicabilidad y la validez de la notificación n. 2021-1, y recomienda un atento control de esto en la práctica.

Para lo que se refiere al acceso de las autoridades publicas a los datos compartidos en la Republica Ceca, el CEPD observa que las disposiciones del PIPA se aplicaban sin limitaciones en el sector de la aplicación de la ley. El CEPD observa también que el tratamiento de datos en el sector de la seguridad nacional está sujeto a una serie más limitada de disposiciones mencionadas desde PIPA, así como las garantías fundamentales para los derechos de las personas interesadas y las disposiciones en materia de control, aplicación y remedios, se aplican al acceso y al uso de datos personales por parte de las autoridades de seguridad nacional. La constitución de sur de la Corea menciona también principios esenciales de protección de datos, que son aplicables al acceso de datos personales por parte de las autoridades publicas en los sectores de la aplicación de la ley y de la seguridad nacional. Además, el CEPD está de acuerdo con la conclusión de la Comisión que la Corea del Sur puede ser considerada con un sistema de control independiente y eficaz.

Por fin, para lo que se refiere a los remedios eficaces y los derechos de recurso, el CEPD pide a la Comisión de aclarar los requisitos sustanciales y/o procedurales, como la carga de la prueba, a la cual está sujeta una queja en el PIPC o cualquiera acción detrás un tribunal, y si los individuos de la Unión europea serian capaces de cumplir esta condición preliminar.

Según su evaluación, el CEPD ha utilizado el GDPR Adequacy Referential y las recomendaciones EDPB 2/2020 sobre las garantías esenciales europeas para las medidas de vigilancia, así como la jurisprudencia existente del TJEU y del Tribunal Europeo de los derechos del hombre en materia de acceso por parte de las autoridades públicas.

Referencias sobre adecuación:

🇪🇸: Español

Recomendaciones 02/2020 sobre las garantías esenciales europeas para medidas de vigilancia:

🇪🇸: Español

FUENTE: COMITÉ EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS – CEPD

Recomendados para ti

Búsqueda avanzada