La CNPD ha investigado y recogido pruebas sobre los avisos de manifestaciones, limitando sus intervenciones a eventos que tenían una dimensión internacional y que se han verificado a partir desde julio de 2018, teniendo en cuenta las normas de prescripción.
Después de haber completado la fase de formación, ha acusado el Municipio de Lisboa para haber violado el GDPR comunicando a terceros los datos personales de los promotores de eventos. Ha también concluido violando el GDPR para lo que se refiere a las comunicaciones a varios servicios del Municipio.
En el primer caso, las infracciones derivaban desde la falta de legitimidad y, en el segundo caso, desde la violación del principio de necesidad. La ley permite únicamente la comunicación de informaciones sobre el objeto, la fecha y la hora, el lugar y el camino del evento, sin la transmisión de datos personales.
Tratándose de datos particularmente sensibles, en cuando pueden revelar opiniones y convicciones políticas, filosóficas o religiosas, el Municipio, como responsable del tratamiento, tenia que tener cuidado, en el respeto de la Constitución Portugués y del GDPR.
La CNPD ha considerado que la proliferación de datos personales compartidos desde los promotores del evento desde varias entidades nacionales y extranjeras aumenta el perfil de las personas entorno a sus ideas, opciones y convenciones, cuyo utilizo ilegal y sucesivo es completamente fuera del control del responsable del tratamiento.
El envío de datos personales de lo promotores de eventos a las representaciones diplomáticas y entidades extranjeras, además de constituir una violación al derecho fundamental de protección de datos, pueden comprometer otros derechos fundamentales mencionados desde la Constitución Portugueses.
La CNPD ha además concluido que hay otras violaciones del GDPR, en particular la falta de la provisión de informaciones a los promotores sobre le tratamiento de sus datos personales.
Con la presentación de la defensa por parte de la Ciudad de Lisboa, la CNPD emitirá su decisión final en el proceso de contra ordenación.
Considerando el amplio debate público que ha suscitado el asunto, la CNPD considera pertinente facilitar la presente información y poner a disposición la acusación, tras la anonimización de los datos de los promotores de manifestaciones, así como la parte de las direcciones de correo electrónico que corresponda a nombres de personas físicas.
proj_deliberacao_2021_16_redacted