La Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales (URCDP) publicó la Resolución N° 23/021, de 8 de junio de 2021, que establece importantes cambios en el régimen de transferencias internacionales de datos.
En el marco de las competencias que le brinda la Ley, la Unidad puede determinar los territorios adecuados para la transferencia de datos personales sin requerir autorizaciones administrativas previas.
Esta resolución sustituye la Resolución N° 4/019, de 12 de marzo de 2019, y excluye de los territorios adecuados a los Estados Unidos de América, sugiriendo el empleo de otros mecanismos como las cláusulas contractuales y otros elementos para justificar la transferencia, dando un plazo de 6 meses a las empresas para que realicen esa justificación ante la Unidad.
Para colaborar además con responsables y encargados, se publicó la Resolución N° 41/021, de 8 de setiembre de 2021, que incluye una guía para la redacción de cláusulas contractuales.