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AUTORIDAD DE CONTROL ITALIANA: multa a una empresa por 70 mil euros por Telemarketing- Con la compra del café también llegó la llamada no solicitada

AUTORIDAD DE CONTROL ITALIANA: multa a una empresa por 70 mil euros por Telemarketing- Con la compra del café también llegó la llamada no solicitada

Con la compra del café también llegó la llamada no solicitada. La Autoridad de Control ha impuesto una multa de 70 mil euros a una empresa productora de café por promocionar su marca mediante llamadas telefónicas no deseadas, insistentes y concentradas en el tiempo, con el objetivo de principalmente a usuarios inscritos en el Registro Público de Oposiciones (Rpo).

La Autoridad tomó medidas tras numerosos informes y quejas de usuarios que denunciaban haber recibido llamadas también de números de teléfono falsos. En muchos casos, las llamadas telefónicas no deseadas siguieron a la compra de café. A la solicitud de información de la Autoridad, la empresa respondió que la actividad de marketing telefónico se refería a datos personales de los usuarios adquiridos de diversas formas: a través del formulario de su sitio web, del boca a boca de los clientes, del «Presenta un amigo» y de listas de contactos recopilados por terceras empresas.

De los controles realizados por la Autoridad, surgieron varias violaciones, empezando por el uso de datos con fines de marketing sin haber obtenido el consentimiento de los usuarios y sin haberles proporcionado información específica (ausente durante las llamadas telefónicas y la presente en el página web era insuficiente ya que no se señalaba la actividad promocional entre los objetivos perseguidos por la empresa). Además, la misma infracción afectó también a los usuarios que habían comprado café a través del call center, ya que la orden de compra era considerada como prueba de consentimiento a la comercialización. Además, la empresa no había activado controles preventivos para verificar si los usuarios de su base de datos estaban inscritos en el registro público de objeciones y había omitido por completo los controles del proceso de adquisición de datos por parte de terceras empresas.

Por tanto, ante las graves violaciones constatadas, la Autoridad impuso a la empresa una multa de 70.000 euros por tratamiento ilícito de datos personales.

La empresa también deberá eliminar los datos adquiridos ilícitamente con fines de marketing y activar medidas técnicas, organizativas y de control adecuadas para que el tratamiento de los datos personales de los usuarios se realice respetando la legislación sobre privacidad en toda la cadena de suministro.

URL: https://www.garanteprivacy.it/home/docweb/-/docweb-display/docweb/9949032

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