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AUTORIDAD DE CONTROL FINLANDÉSA: directrices del Comité Europeo de Protección de Datos sobre un código de conducta como instrumentos para la transmisión de datos, asistentes vocales virtuales y definiciones de responsable y encarado del tratamiento

AUTORIDAD DE CONTROL FINLANDÉSA: directrices del Comité Europeo de Protección de Datos sobre un código de conducta como instrumentos para la transmisión de datos, asistentes vocales virtuales y definiciones de responsable y encarado del tratamiento

El Comité Europeo de Protección de Datos ha adoptado nuevas directrices, entre cuales un código de conducta sobre la transferencia de datos, así como versiones finales de las directrices sobre los asistentes vocales virtuales y sobre las definiciones de responsable y encargado del tratamiento, adoptadas después de una consulta pública.

Las directrices sobre el código de conducta como medio de transferencia de datos serán disponibles para comentarios hasta el 1 de octubre de 2021.

El nuevo código de conducta intenta de aclarar la aplicación de las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos, que permiten a los responsables y encargados del tratamiento de datos personales no cubiertos desde el Reglamento General de Protección Datos Personales de utilizar el código de conducta para garantizar garantías adecuadas para las transferencias al externo de la Unión Europea.

Las orientaciones integran la orientación 14/2019 sobre el código de conducta del Comité Europeo de Protección de Datos, que define un marco general para la adopción del código.

La guía es disponible para la consulta publica en el sitio web de la Autoridad de Protección de Datos Personales:

edpb_guidelinescodesconducttransfers_publicconsultation_en (2)

La directriz sobre los ayudantes vocales virtuales tiene por objeto ofrecer recomendaciones a las partes interesadas sobre cómo abordar los retos clave para los ayudantes vocales de conformidad con los requisitos de protección de datos. La directriz se ha actualizado en función de las reacciones de la consulta pública:

edpb_guidelines_202102_on_vva_v2.0_adopted_en (1)

Las directrices sobre los conceptos de responsable y encargado del tratamiento aclaran las definiciones de los conceptos básicos, como el registrador conjunto. Tras la consulta pública, se añadió una redacción actualizada y aclaraciones a la versión final de la directriz:

eppb_guidelines_202007_controllerprocessor_final_en (1)

FUENTE: AUTORITA’ PER LA PROTEZIONE DEI DATI DELLA FINLANDIA

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