En su sesión plenaria, el Comité Europeo de Protección de Datos ha adoptado 3.2 recomendaciones sobre los parámetros de adecuacidad de datos en materia penal. La sesión plenaria ha también adoptado opiniones, entre todo, sobre el proyecto de disposiciones del segundo protocolo adicional sobre la convención de cibercrimen y las disposiciones administrativas para la transferencia de datos personales.
Recomendaciones sobre los parámetros de referencia para la adecuacidad de la protección de datos
El papel del Comité Europeo de Protección de Datos es garantizar la aplicación uniforme del derecho Europeo de protección de datos, incluida la directiva sobre la protección de datos personales tratados en ámbito de la aplicación de la ley en materia penal.
Las nuevas recomendaciones del Comité Europeo de Protección de Datos establecen los factores bajo los cuales tener en cuenta la adecuación del nivel de protección de datos en un país tercero cuando se aplica la directiva sobre la protección de datos en materia penal.
Por ejemplo, el documento llama la atención sobre el concepto de adecuación de acuerdo a la directiva de protección de datos en materia penal y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo. Establece las normas europeas en materia de protección de datos aplicables a la cooperación de policía y jurídicas en materia penal.
Posición sobre el acuerdo administrativo de transmisión de datos
El Comité Europeo de Protección de Datos ha adoptado una declaración sobre el acuerdo administrativo para la transferencia de datos personales entre el Haut Conseil du Commissariat aux Comptes (H3C) francés y el Consejo de Vigilancia de la Contabilidad de las sociedades públicas en los Estados Unidos (PCAOB). La propuesta será examinada desde la autoridad de supervisión francesa para la aprobación a nivel nacional.
La Autoridad de control francés controlará la aplicación del acuerdo administrativo y, si necesario, suspenderá las transferencias de datos por parte de H3C si el acuerdo deja de otorgar a los interesados un nivel de protección de datos sustancialmente en línea con los requisitos Europeos.
Dictámenes sobre las disposiciones del segundo protocolo adicional del convenio sobre el cibercrimen
El dictamen sobre el nuevo proyecto de disposiciones del Segundo Protocolo Adicional del Convenio sobre el Cibercrimen complementa la contribución del Comité europeo de protección de datos al proyecto de Protocolo Adicional del Convenio (Convenio de Budapest).
El SEPD recuerda que las disposiciones que se están debatiendo actualmente pueden afectar a las condiciones en que se puede acceder a los datos personales con fines policiales en la UE. También invita a las instituciones interesadas a seguir de cerca las negociaciones en curso.
Respuesta a las preguntas de la Comisión sobre investigación científica
El Consejo también ha respondido en el pleno a las preguntas de la Comisión Europea sobre el tratamiento de datos personales para la investigación científica. Las preguntas se referían, entre otras cosas, a los criterios para el tratamiento de datos personales en la investigación científica sobre la salud.
Las respuestas proporcionadas por el SEPD constituyen una posición preliminar al respecto y tienen por objeto aclarar la aplicación del Reglamento general de protección de datos en la investigación científica en materia de salud. El Consejo de Protección de Datos está elaborando actualmente directrices sobre el tratamiento de datos personales con fines de investigación científica, que abordan estas cuestiones.
Por último, los miembros del Consejo de Protección de Datos debatieron la reciente actualización de la política de privacidad de WhatsApp.
FUENTE: AUTORITA’ PER LA PROTEZIONE DEI DATI DELLA FINLANDIA