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AUTORIDAD DE CONTROL FRANCESA, CNIL: El control del bloque administrativo de los sitios web: la personalidad cualificada presenta su quinto informe de actividades.

AUTORIDAD DE CONTROL FRANCESA, CNIL: El control del bloque administrativo de los sitios web: la personalidad cualificada presenta su quinto informe de actividades.

Alexander LINDEN es la persona cualificada y designada para el control de los sitio de bloque administrativo que provocan actos terroristas o glorificación o pornografia infantil. Ella presenta su quinto informe sobre las actividades (desde el 2 de febrero hasta el 31 de diciembre 2019).

Memo del marco juridico.

La ley del 13 noviembre 2014 referente a la lucha contra el terrorismo permite al autoridad administrativa de bloquear los sitios que pueden crear actos de terrorismos o al presentar de disculpas, así como los sitios que contienen representaciones de menores de edad en materia de porno.
También permite que las medidas administrativas eliminen y desreglalicen dicho contenido, dirigido por la autoridad administrativa a editores, anfitriones y motores de búsqueda.

Para evitar cualquier medida desproporcionada o abusiva, la ley somete el dispositivo a supervisión de una persona calificada designada por el CNIL desde su interno. Los miembro de CNIL nombraron (y han renovado el 21 de fevrero 2019) para cunplir esta mission, Alexandre LINDEN, consejera honoraria del Tribunal de Casación y miembro de CNIL desde febrero 2014.

La misión de control bloqueante

La persona calificada verifica los méritos de las solicitudes de retiro de los contenidos y de bloqueo presentado por la Oficina Central para la lucha contra la delincuencia relacionada con las tecnologías de la información y la comunicación (OCLCTIC). Por esta razón, se ponen a disposición todos los medios técnicos dedicados, que permiten acceder a los sitios bloqueados o al contenido de los servicios de publica comunicacion en linea. El personal de CNIL la ayuda durante esta misión.

Revisión del quinto año.

El informe presentado cubre el periodo desde el 2 febrero hasta el 31 de diciembre 2019.

18.177 solicitudes (-29% respecto al 2018) de OCLCTIC para limitar el acceso al contenido de natura terrorista o de pornografía infantil se verificaron desde LINDEN.
El contenido de natura pornográfica infantil fue del 68% de los controles totales efectuados.

El siguiente contenido es dividido así:

– 420 solicitudes de bloque de sitios web (-53%).
– 11.874 solicitudes de retiro de contenidos (-34%).
– 5.883 solicitudes de aplazamiento de direcciones de correo electrónico (-11%).

La clara disminución observada entre el 2018 y el 2019 en el número de las solicitudes de retiro, aplazo y bloqueo de los contenidos puede explicarse desde un lado por el número más bajo de los contenidos publicado en internet desde las organizaciones terroristas y sus partidarios, de otra parte, por causa de las acciones coordinadas de EUROPOL en 2019, que tuvieron un gran impacto sobre los canales de difusión utilizados por los terroristas (por ejemplo TELEGRAM).

Ninguna recomendación fue indizada al Ministro del Interior.

Evaluación del ejercicio de la función de personalidad cualificada.

Al final de esto cinco años de ejercicio de la función de personalidad cualificada responsable de la evaluación de los méritos de las solicitudes de OCLCTIC para la retirada, la deferencia y el bloqueo de los contenidos de terrorismo y pornográfia infaltil, Si bien esta misión debe asignarse a partir del 1 de enero de 2021 un Consejo Audiovisual de personalidad superior, se pueden hacer algunas observaciones:

  • La actividad de control se ha llevado a cabo en gran medida con contenido de pornografía infantil; no hubo diferencia en la interpretación a este respecto entre OCLCTIC y la personalidad calificada.
  • El volumen de contenido terrorista que debe controlarse está directamente relacionado con los ataques contra el territorio nacional y la actividad de los grupos terroristas. La gran mayoría de estos contenidos no planteaban ningún problema: muy a menudo en la propaganda de las organizaciones terroristas, la provocación a la comisión de actos de terrorismo o sus disculpas era evidente.
  • Sólo se notificaron 11 recomendaciones al Ministerio del Interior. Todos ellos relacionados con contenido terrorista, de un total de 50.637 solicitudes OCLCTIC en esta área. El número de asuntos presentados ante el tribunal administrativo es muy pequeño (sentencia de 4 de febrero de 2019 del tribunal administrativo de Cergy-Pontoise, a petición de la personalidad cualificada, las medidas del Ministerio del Interior).
  • El pequeño número de desacuerdos está relacionado con la calidad del análisis realizado por OCLCTIC sobre el contenido de los sitios en cuestión, en particular teniendo en cuenta el contexto.

Si OCLCTIC se ha adherido sistemáticamente al principio de proporcionalidad aplicable a la violación de la libertad de expresión, puede pensarse que la mera existencia de control por parte de una personalidad externa no es ajena a ella.

FUENTE: AUTORITA’ PER LA PROTEZIONE DEI DATI DELLA FRANCIA – CNIL

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