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AUTORIDAD DE CONTROL FRANCÉSA: COVID-19: la CNIL expresa su opinión sobre las condiciones de implementación del pasaporte sanitario

AUTORIDAD DE CONTROL FRANCÉSA: COVID-19: la CNIL expresa su opinión sobre las condiciones de implementación del pasaporte sanitario

La CNIL se ha pronunciado, 7 de junio 2021, sobre las condiciones de implementación del pasaporte sanitario que condiciona la movilidad así como el acceso en algunos lugares públicos que reciben grandes cantidades de personas.

El esencial

  • El principio del pasaporte sanitario, acompañado desde un cierto numero de garantías, ha sido decidido con la Ley del 31 de mayo de 2021 sobre la gestión de la salida de la crisis sanitaria.
  • Después de haber expresado una primera opinión sobre le principio del pasaporte sanitario el 12 de mayo pasado, la CNIL se ha pronunciado, el 7 de junio de 2021, sobre las condiciones de su implementación.
  • La CNIL ha recomendado de definir claramente la duración y el ámbito de aplicación del pasaporte sanitario, en particular para lo que se refiere a los lugares, establecimientos y eventos en cuestión, así como las personas interesadas desde la obligación de presentar un pasaporte sanitario.
  • El pasaporte sanitario será en vigor hasta el 30 de septiembre de 2021. Se refiere a los movimientos fuera de la Francia o entre metrópolis y la Córcega o ultramar, así como algunos lugares y eventos recreativos de más de 1.000 personas. Los lugares de la vida cotidiana o conexos al ejercicio de las libertades fundamentales no son interesados.
  • Para los movimientos y lugares será necesario presentar una prueba que pueda comprobar que la persona ha sido vacunada, que ha resultado negativa al COVID-19 o que ha sido resultada positiva por un periodo de tiempo suficientemente para ser curada e inmune.
  • El pasaporte sanitario se presentará bajo forma de código QR. En conformidad a las recomendaciones de la CNIL, los controlares leerán el pasaporte con una aplicación dedicada, TousAntiCovid Verif, que dejará su acceso solo a los nombres, apellidos, datas de nacimiento y informaciones generales sobre la validez de la prueba (“botón verde o rojo”).
  • La CNIL ha también elaborado una serie de recomendaciones para la correcta implementación del sistema sanitario.

El contexto

El miércoles 9 de junio de 2021, en el ámbito de la tercera fase de aislamiento, el gobierno implementa el pasaporte sanitario, cuyo principio y un cierto número de garantías están previstos desde la Ley del 31 de mayo de 2021, sobre la gestión de la salida de la crisis sanitaria.

El certificado sanitario tiene que permitir de limitar el riesgo de contaminación subordinando algunos movimientos y el acceso a lugares específicos, establecimientos y eventos a la presentación de una de las siguientes pruebas: una prueba de test screening COVID-19 negativa, una prueba de vacunación o un certificado de reintroducción después de contaminación anterior al COVID-19.

El pasaporte tendrá dos funciones:

  • El pasaporte sanitario “actividad” que tiene que permitir la recuperación de varias actividades interrumpidas debido a la crisis sanitaria y la reapertura de los lugares cerrados que llevan grandes cantidades de personas (más de 1.000).
  • El pasaporte sanitario “fronteras”, implementado en el marco del futuro certificado digital COVID de la Unión Europea (que entrara en vigor el 1 de julio). Tiene que permitir la libre circulación dentro de la Unión Europea.

La opinión de la CNIL sobre las condiciones de implementación del certificado sanitario

Perímetro de los pasaportes sanitarios: lugares y personas interesadas

Lugares, establecimientos y eventos interesados del pasaporte sanitario

La CNIL señala que los lugares afectados por el pasaporte sanitario (salas de espectáculos deportivos o culturales, establecimientos deportivos al aire libre, etc.), cuya lista se precisaba en el decreto de 7 de junio de 2021, no se referían a las actividades de la vida cotidiana (restaurantes, lugares de trabajo, comercios, etc.) y no están vinculados a determinadas manifestaciones habituales de libertades fundamentales, de conformidad con sus recomendaciones de 12 de mayo de 2021.

Las personas afectadas por la obligación de presentar el pasaporte sanitario

La CNIL invitó al Gobierno a delimitar, en el proyecto de decreto que se le había presentado, a las personas a las que se aplicaba la obligación de presentar los justificantes previstos por la ley.

El decreto precisa que el paso sanitario «actividades» se aplica a los menores de 11 años o más.

En cuanto al paso sanitario «actividades», la CNIL había invitado al Gobierno a precisar explícitamente que éste no afectará a los asalariados, los organizadores y los profesionales que actúan en los lugares en cuestión.

Cómo funciona la aplicación TousAntiCovid Verif

El control del pasaporte sanitario debe ser realizado por las personas habilitadas para controlar los justificantes, a través de la aplicación móvil TousAntiCovid Verif.

De acuerdo con el principio de minimización de datos, las personas habilitadas para controlar los justificantes mediante la aplicación TousAntiCovid Verif sólo tendrán acceso a los nombres, nombre y fecha de nacimiento de la persona interesada, así como el resultado positivo o negativo de la posesión de un justificante conforme.

La CNIL recuerda, sin embargo, que es posible que una persona malintencionada tenga acceso a la totalidad de los datos personales integrados en los códigos QR presentes en los justificantes, incluidos los datos de salud. Invitó al Gobierno a que adoptara medidas de información para sensibilizar al público sobre la necesidad de proteger sus documentos justificativos y de no exponerlos fuera de los controles previstos por el paso sanitario (no presentar los justificantes en lugares no afectados por el paso sanitario, no publicarlos en las redes sociales, etc.).

La CNIL recuerda que ni el servidor central ni la aplicación TousAntiCovid Verif deberán conservar ningún dato personal tras la comprobación del justificante.

Otras observaciones de la CNIL

Habida cuenta de la sensibilidad del dispositivo, la CNIL formuló también, en ese dictamen, varias recomendaciones complementarias, entre las que figuran las siguientes:

  • La mención, en el Decreto, de las categorías de datos personales presentes en los justificantes (similares a las previstas en la propuesta de Reglamento relativo al certificado digital europeo Covid).
  • La necesidad de garantizar que el formato en papel de los justificantes permita a los interesados presentar únicamente los datos necesarios para el control de su historial sanitario (por ejemplo, indicando claramente las instrucciones de plegado de manera visible en los certificados o facilitando un segundo documento, mediante la integración de una información clara sobre los justificantes, etc.).
  • La publicación del código fuente de la aplicación TousAntiCovid Verif.
  • Además, la CNIL formuló recomendaciones sobre la evolución de la arquitectura técnica del dispositivo.

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