Considerando algunos episodios recientemente verificados de exposición a los menores en medios de informaciones, también en ocasión de informes sobres las vacaciones de verano, el Garante de Protección de Datos Italiano recuerda a todos los medios de informaciones que la normativa de protección de las informaciones personales en ámbito jornalístico plantea específicas garantías para tutelar los menores.
En particular, para tutelar la personalidad, se requiere la adopción de particulares cautelas destinadas a particulares cautelas para evitar exponer a los menores a la difusión de las informaciones sobre ellos, incluida sus imágen, con consecuencias negativas que pueden reverberar sus propio desarrollo sereno en el propio contexto de vida.
El derecho del menor de edad a la confidencialidad – recuerda el Garante – tiene que ser siempre considerado como primario respecto al derecho de crítica y de cronaca. También cuando, para motivaciones de interés público relevante y sin prejuicios los límites de la ley, el jurnalista decida de difundir noticias o imágenes sobre el minor, tendrá que hacerse cargo de la responsabilidad de evaluar si la publicación ha sido de verdad en el interés objetivo del menor, de acuerdo con los principios y los límites establecidos en la “Carta de Treviso” (artículo 7 – Normas deontológicas relativas al tratamiento de datos personales en el ejercicio de la actividad periodística publicadas en el Diario Oficial no 3 de 4 de enero de 2019)
FUENTE: AUTORITA’ PER LA PROTEZIONE DEI DATI DELL’ITALIA – GPDP