Home

Algunas empresas que nos han elegido

Privacy Officer y Privacy Consultant
Esquema CDP según ISO/IEC 17024:2012
European Privacy Auditor
Esquema de certificación ISDP©10003 según ISO/IEC 17065:2012
Auditor
Según la norma UNI 11697:2017
Lead Auditor ISO/IEC 27001:2022
Según la norma ISO/IEC 17024:2012
Delegado de Protección de Datos
Según la norma ISO/IEC 17024:2012
Anti-Bribery Lead Auditor Expert
Según la norma ISO/IEC 17024:2012
ICT Security Manager
Según la norma UNI 11506:2017
IT Service Management (ITSM)
Según la Fundación ITIL
Ethical Hacker (CEH)
Según EC-Council
Network Defender (CND)
Según EC-Council
Computer Hacking Forensics Investigator (CHFI)
Según EC-Council
Penetration Testing Professional (CPENT)
Según EC-Council

Cualificaciones profesionales

¡Manténgase al día de la actualidad mundial!

Seleccionar los temas que le interesan:

News

Inicio / News
/
AUTORIDAD DE CONTROL POLACA: la WSA ha rechazado la queja de ClickQuickNow contra la decisión de UODO.

AUTORIDAD DE CONTROL POLACA: la WSA ha rechazado la queja de ClickQuickNow contra la decisión de UODO.

La queja de ClickQuickNow contra la decisión de la Autoridad de Protección de Datos de Polonia ha sido archivada desde el Tribunal Provincial Administrativo de Varsovia. Se trata de una decisión que impone una sanción de más de 201.000 PLN (44.567,73 Eur) para obstaculizar el ejercicio del derecho de retirar el consentimiento al tratamiento de datos personales. 

La sentencia en este caso ha sido emitida el 10 de febrero de 2021 (número de referencia del fascículo II SA/Wa 2378/20)

En la decisión que impone una sanción administrativa por violación de las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), la Oficina ha subrayado que la sociedad sancionada, no solo en el proceso de retirada del consentimiento, no ha tenido en cuenta el principios según el caul la retidada del consentimiento tendría que ser facil, es decir ha utilizado complicadas soluciones organizativas y tecnicas para la retirada del consentimiento. 

Además, la sociedad ha tratado los datos de personas que no son sus clientes sin una base legal, y desde la cual ha recibido solicitudes de interrupción del tratamiento de sus datos personales. Por esto, ha violado el ejercicio del derecho de solicitar la cancelación de datos personales (el dicho derecho de olvido). 

Es importante recordar que el consentimiento al tratamiento de datos personales se define en el artículo 4, apartado 11, del GDPR según el cual: “toda manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca por la que el interesado acepta, ya sea mediante una declaración o una clara acción afirmativa, el tratamiento de datos personales que le conciernen”.

Este consentimiento es retirable y el interesado tiene este derecho en cualquier momento. Por esto, tiene el derecho de retirar el consentimiento en cualquier momento. 

Retirar el consentimiento debe ser tan fácil como expresarlo, esta solución no debe ocultarse de ninguna manera.

La sentencia de la Audiencia Provincial confirma que no se puede obstaculizar la retirada del consentimiento previamente otorgado para el tratamiento de datos personales. El acto en sí debe ser fácil y eficaz.

FUENTE:AUTORITA’ PER LA PROTEZIONE DEI DATI DELLA POLONIA – UODO

Recomendados para ti

Búsqueda avanzada