Ciudades inteligentes de Varsavia, sancionadas de más de 12.000 PLN, por una falta de cooperación con la oficina de protección de datos personales para no haber contestado las cartas y no haber ofrecido el acceso a los datos personales y otras informaciones necesarias para desarrollar sus deberes.
UODO – en calidad de autoridad de control con arreglo al artículo 51 GDPR – controla y hace respetar la aplicación del presente reglamento en su territorio. Para permitir el desarrollo de sus deberes de la Oficina de Protección de Datos Personales tiene una series de derechos en el ámbito del procedimiento conducido, incluido el derecho de ordenar al responsable del tratamiento y al encargado todas las informaciones necesarias para ejecutar sus deberes y el derecho de obtener desde el administrador y el encargado del tratamiento el acceso a todos los datos personales y a todas las informaciones necesarias para el desarrollo de sus deberes.
Obstaculizar e impedir el acceso a las informaciones solicitadas desde la Oficina de Protección de Datos Personales a la Sociedad, que está sin duda en su posesión, demuestra que la misma, en el ámbito de sus deberes, viola las obligaciones de cooperación con la autoridad de control.
FUENTE:AUTORITA’ PER LA PROTEZIONE DEI DATI DELLA POLONIA – UODO